Declaraciones Catastrales

La declaración sobre hechos, actos o negocios relativos a bienes inmuebles tiene por objeto la inscripción o modificación de datos en el catastro Inmobiliario por:

a) La adquisición de la propiedad y su consolidación, la constitución, modificación o adquisición de la titularidad de una concesión administrativa y de los derechos de usufructo y de superficie, así como las variaciones en la cuota de participación que corresponda a cada uno de los cónyuges en los bienes inmuebles comunes, o en la composición interna y en la cuota de participación de cada uno de los comuneros, miembros y partícipes en los supuestos de concurrencia de varios titulares o de existencia de entidades sin personalidad jurídica.

b) La realización de nuevas construcciones, así como la ampliación, rehabilitación o reforma de las ya existentes, ya sea total o parcial.

c) La demolición o derribo total o parcial de construcciones.

d) La segregación, división, agregación y agrupación de inmuebles.

e) La constitución del régimen de división horizontal, sobre los bienes inmuebles.

f) El cambio de clase de cultivo o aprovechamiento.

g) La modificación del uso o destino de inmuebles o locales, que sean parte de edificaciones o instalaciones.

El plazo para presentar las declaraciones será de dos meses, a partir del día siguiente a la fecha del hecho, acto o negocio producido (certificado final de obra, escritura de segregación, etc).

Para llevar a cabo la declaración, debe hacerse a través de los siguientes documentos en función del trámite a realizar:

Formularios de declaraciones catastrales