Preguntas Frecuentes sobre Catastro

A continuación presentamos una serie de preguntas habituales de los administrados en la Sección de Catastro del OARGT. Todos los trámites referidos en las cuestiones pueden realizarse mediante procedimiento telemático en la Sede Electrónica de Catastro, siendo asignados al OARGT en virtud del convenio vigente.

Preguntas Frecuentes

Catastro

La normativa catastral considera también como almacenes todas las construcciones de baja entidad como pueden ser locales en bruto, trasteros, doblados, tinados etc…

Sí, siempre que las fincas resultantes superen la unidad mínima de cultivo definida para el municipio.

Si, habría que realizar la agrupación en el Registro de la Propiedad y declarar la agrupación del inmueble mediante el modelo 900D, aportando la documentación indicada en el mismo.

Si, habría que declarar la división horizontal del inmueble mediante el modelo 900D, aportando la documentación indicada en el mismo.

Ir al Documento 900D en la AEAT

Cuando finalice la vivienda, dentro de los 2 meses desde la terminación de la obra. Procedimiento telemático en Sede Electrónica de Catastro.

Puede acceder a la Sede Electrónica del Catastro, solicitar y realizar el trámite deseado. Si el trámite es competencia del OARGT en virtud al convenio establecido con Catastro, recibiremos la información para tramitarlo.

La web de la sede electrónica es: https://www.sedecatastro.gob.es