Como puedo domiciliar, cambiar el IBAN o la domiciliación de un recibo

El cambio de domiciliación de recibos y cambio de IBAN es posible realizarlo desde la Sede Electrónica, sin necesidad que el contribuyente se desplace a ninguna oficina del Organismo.

Tenga en cuenta que sólo es posible la domiciliación de recibos y objetos tributarios en los que previamente el Organismo haya emitido recibo el año anterior a su nombre. Si el objeto tributario es de nueva adquisición, y no aparece para domiciliar el recibo u objeto tributario, puede realizar una solicitud de Orden de domiciliación a través del registro electrónico.

Se debe acceder a la Sede Electrónica desde un navegador a la siguiente dirección web:

https://sede.oargt.es

 

Seleccionar de los accesos directos la opción de «Acceso General».

La sede electrónica mostrará la carta de servicios. Hay que seleccionar del menú lateral la opción «Domiciliaciones».


Pedirá el método de identificación, se debe seleccionar el sistema CLAVE o acceso mediante Certificado Digital.

En el caso de utilizar certificado digital, mostrará los certificados instalados en el sistema para seleccionar el más adecuado.

Selección de Certificados

Una vez identificados correctamente, la sede mostrará en una página dos pestañas con los objetos tributarios domiciliados (pestaña marcada en la ilustración en azul) y no domiciliados (pestaña marcada en la ilustración en rojo).

Hay que seleccionar los objetos tributarios que deseemos domiciliar o cambiar la cuenta IBAN, marcando su cuadro de selección correspondiente y pulsar el botón «Domiciliar o cambiar domiciliación». El sistema nos mostrará un diálogo en el que seleccionar un número de cuenta IBAN que hubiera en en nuestro perfil del contribuyente o bien permitirá registrar un IBAN nuevo para domiciliar.

 

Pulsando el botón aceptar, el sistema domiciliará el correspondiente objeto tributario, pasando a la pestaña de objetos domiciliados, donde es posible comprobar el cambio efectuado.