¿Deben pagar IBI las construcciones indispensables para actividades agrícolas, ganaderas o forestales?

Sí. Ya venían tributando aquellas que pertenecían a municipios en los que a partir del ejercicio 2006, hubo revisión catastral de carácter colectiva. Y para los municipios cuya ponencia sea anterior a dicho ejercicio, comenzarán a tributar en el ejercicio inmediatamente posterior al que se den de alta tras el procedimiento de regularización realizado por la Gerencia del Catastro.