¿Puedo pedir una bonificación en el recibo de IBI Urbana por ser familia numerosa?

Al tratarse de una bonificación potestativa, su aplicación dependerá de si el Ayuntamiento donde se encuentre ubicado el bien inmueble la tiene aprobada en su Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles. Si su municipio tiene aprobada esta bonificación, las solicitudes deberán presentarse en cualquiera de las oficinas del OARGT o a través de nuestra Sede Electrónica: https://www.oargt.es/sede , para todos los municipios de la provincia, salvo CÁCERES, PLASENCIA Y NAVALMORAL DE LA MATA, que deberá presentarlas en el ayuntamiento donde esté ubicado el inmueble.