Será sujeto pasivo de este impuesto a título de contribuyente las personas físicas o jurídicas, así como a las entidades del artículo 35.4 de la LGT que ostenten la titularidad del derecho (titular catastral).
Será sujeto pasivo de este impuesto a título de contribuyente las personas físicas o jurídicas, así como a las entidades del artículo 35.4 de la LGT que ostenten la titularidad del derecho (titular catastral).